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Novedades · Octubre 2026

Novedades fiscales: semana del 19 al 25 de octubre de 2026

Respuesta rápida

¿Qué novedades fiscales y laborales se han publicado en España entre el 19 y el 25 de octubre de 2026?

La novedad principal es el Real Decreto-ley 31/2026 (BOE del 21 de octubre), que desde 2027 deja fijas las bases de cotización de los autónomos mientras cobran prestaciones y crea dos nuevas situaciones especiales de baja a partir del 1 de diciembre. Además, el BOE publica la convalidación de los RDL 24 y 25/2026, y Canarias y Castilla-La Mancha aprueban sus proyectos de presupuestos para 2027.

Si eres autónomo y has estado de baja alguna vez desde 2023, probablemente te has encontrado con la sorpresa: meses después, la regularización de cuotas te pedía más dinero por un periodo en el que ni siquiera estabas trabajando, o te devolvía cuotas que servían de base a una prestación que ya habías cobrado. El Real Decreto-ley 31/2026, publicado el 21 de octubre, corta ese problema a partir del 1 de enero de 2027. Es la novedad más relevante de una semana con poca norma fiscal en el BOE, pero con movimiento en Seguridad Social y en los presupuestos autonómicos.

En EconoMur repasamos qué ha cambiado entre el lunes 19 y el domingo 25 de octubre de 2026, a quién afecta, desde cuándo y qué conviene revisar. Recuerda el contexto: las Cortes están disueltas por las elecciones generales del 29 de noviembre, así que los decretos-leyes pendientes los convalida o deroga la Diputación Permanente del Congreso.

Antes de entrar en detalle, este es el mapa de lo publicado. Solo aparecen las novedades con efecto práctico para empresas, autónomos y particulares.

NovedadQué cambiaA quién afectaDesde cuándo
RDL 31/2026 (BOE 21/10)Bases de cotización definitivas durante prestacionesAutónomos1 de enero de 2027
RDL 31/2026Baja por trastorno menopáusico y por violencia de género como situaciones especiales de ITEmpresas y trabajadoras1 de diciembre de 2026
RDL 31/2026Cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave: más edad y sin ingreso hospitalarioEmpresas y familias23 de octubre de 2026
Convalidación RDL 24 y 25/2026 (BOE 20/10)Las medidas de la DANA y del plan de respuesta a la crisis de Oriente Medio quedan firmesAfectados por la DANA, consumidores, transportistas y agricultoresYa en vigor
AEAT (nota del 22/10)Cambio del certificado de la sede electrónicaEmpresas con programas propios conectados a la AEAT16 de noviembre de 2026
Canarias (proyecto del 26/10)Deflactación del IRPF, IGIC tipo cero en residencias de estudiantes, subida del impuesto del tabacoResidentes en Canarias2027, si se aprueba
Castilla-La Mancha (proyecto del 20/10)Ley de medidas tributarias con más margen en deducciones del IRPFResidentes en Castilla-La Mancha2027, si se aprueba
Extremadura (DL 5/2026, BOE 21/10)Bonificaciones del 100 % en tasas e impuesto cinegético por los incendiosGanaderos y titulares de cotos afectadosSegún la medida

1. RDL 31/2026: qué cambia para los autónomos que cobran una prestación

El Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre, para la mejora de la acción protectora de la Seguridad Social, se publicó en el BOE del 21 de octubre y entró en vigor ese mismo día. Es una norma amplia, pero para el lector de este blog hay un cambio que destaca: la nueva redacción del artículo 309 de la Ley General de la Seguridad Social.

Qué dice ahora la norma

Desde 2023, los autónomos cotizan de forma provisional según los rendimientos que prevén obtener, y la Seguridad Social regulariza después, con los datos fiscales definitivos. Con el RDL 31/2026, durante los meses en que el autónomo cobre una prestación por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o la lactancia, nacimiento y cuidado de menor, cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave, o cese de actividad, la base de cotización aplicada esos meses pasa a ser definitiva y no se regulariza.

La norma también aclara que quedan fuera de la regularización las bases que ya sirvieron para calcular cualquier prestación reconocida antes de esa regularización, y las posteriores hasta el mes del hecho causante. Así se evita revisar a posteriori el importe de prestaciones ya cobradas.

Desde cuándo y a quién afecta

La modificación del artículo 309 produce efectos a partir del 1 de enero de 2027, según la disposición final cuarta del propio real decreto-ley. Afecta a todos los trabajadores del RETA, incluidos los autónomos societarios, que cobren alguna de esas prestaciones permaneciendo en alta.

En nuestra experiencia, este era uno de los puntos que más quejas generaba del nuevo sistema de cotización: el autónomo no entendía por qué le reclamaban cuotas de meses de baja. Lo que solemos recomendar ahora es elegir una base provisional realista, porque los meses de prestación ya no se corregirán después, ni hacia arriba ni hacia abajo.

Ejemplo con números: cuánto cambia la regularización

Veamos un caso realista, sin datos de ningún cliente. Laura es diseñadora autónoma y para 2027 elige una base provisional de 1.200 euros al mes. En marzo, abril y mayo de 2027 está de baja por incapacidad temporal y cobra la prestación. Cuando Hacienda comunica sus rendimientos de 2027, la Seguridad Social calcula que su base debería haber sido de 1.500 euros al mes.

Para el cálculo usamos el tipo de cotización total del RETA en 2026, que es del 31,5 %. El de 2027 puede cambiar, así que el resultado es orientativo.

Paso 1. Diferencia de base mensual: 1.500 − 1.200 = 300 euros al mes.

Paso 2. Regularización con la regla anterior (12 meses): 300 × 12 = 3.600 euros de base. Con el 31,5 %, la Seguridad Social reclamaría 1.134 euros.

Paso 3. Regularización con el RDL 31/2026 (9 meses): los tres meses de baja quedan fuera. 300 × 9 = 2.700 euros de base. Con el 31,5 %, la cuota a ingresar sería de 850,50 euros.

Paso 4. Diferencia: 1.134 − 850,50 = 283,50 euros menos a pagar.

ConceptoRegla anteriorDesde 2027
Meses regularizados129
Base a regularizar3.600 €2.700 €
Cuota a ingresar (31,5 %)1.134,00 €850,50 €

El efecto también funciona al revés. Si los rendimientos reales de Laura hubieran sido más bajos de lo previsto, no le devolverían la cuota de los meses de baja. Su prestación se calculó con la base que eligió, y esa base se queda como definitiva. Si quieres comprobar en qué tramo estás, usa nuestra calculadora de la cuota de autónomos 2026.

2. El resto del RDL 31/2026: bajas, reducciones de jornada y pensiones

El real decreto-ley incluye otras medidas con efecto directo en las empresas. Conviene tenerlas en el radar del departamento de personal, porque entran en vigor en fechas distintas.

Dos nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal (desde el 1 de diciembre)

Se añaden a la lista de situaciones especiales de IT por contingencias comunes la patología limitante por trastorno menopáusico debidamente diagnosticada y codificada, y las lesiones derivadas de la violencia de género. Igual que ya ocurre con la menstruación incapacitante, no se exige periodo mínimo de cotización y el subsidio se paga desde el día siguiente a la baja. El salario del día de la baja corre a cargo de la empresa. Se aplica a los procesos que se inicien desde el 1 de diciembre de 2026.

Cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave (desde el 23 de octubre)

La prestación y la reducción de jornada del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores se amplían: ya no se exige ingreso hospitalario si el tratamiento tiene una intensidad equivalente, el derecho se extiende hasta los 23 años mientras persista la enfermedad y hasta los 26 con una discapacidad igual o superior al 65 %, y ambos progenitores pueden ejercerlo a la vez o de forma alternativa. Por convenio colectivo se puede acumular la reducción en jornadas completas.

Otras medidas sociales

  • Viudedad en parejas de hecho con hijos comunes: deja de exigirse la inscripción o la escritura pública de la pareja y basta acreditar dos años ininterrumpidos de convivencia estable. La norma abre un plazo de doce meses desde el 21 de octubre para presentar determinadas solicitudes.
  • Fondo de Garantía del Pago de Alimentos: el anticipo sube hasta 300 euros al mes por beneficiario y el límite de ingresos se vincula al SMI.
  • Pensiones extraordinarias por terrorismo: desde el 1 de noviembre, mínimo del doble del SMI mensual.

3. Convalidaciones, vivienda y certificado de la AEAT

Los RDL 24 y 25/2026 ya son firmes

El BOE del 20 de octubre publica las resoluciones del Congreso que ordenan publicar la convalidación del RDL 24/2026, de medidas tras la DANA, y del RDL 25/2026, que prorroga medidas del plan de respuesta a la crisis de Oriente Medio. La votación fue en la Diputación Permanente del 16 de octubre; con la publicación, las medidas quedan firmes y no decaen.

Para empresas y autónomos, lo relevante del RDL 25/2026 son las rebajas temporales del Impuesto sobre Hidrocarburos, las ayudas al gasóleo profesional y agrícola y las rebajas de la electricidad y el gas condicionadas a la evolución del IPC. El calendario y las condiciones están en la nota del Ministerio de Hacienda del 29 de septiembre; si tu actividad depende del transporte, revisa con tu proveedor de carburante qué rebaja se aplica cada mes.

El decreto de vivienda sigue pendiente

Lo que sigue pendiente es la convalidación del Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, sobre la función social de la vivienda, que trae medidas fiscales sobre el alquiler. Está en vigor desde el 8 de octubre, pero si la Diputación Permanente no lo convalida dentro del plazo constitucional, decaerá. Hasta que haya votación, lo prudente es no tomar decisiones irreversibles basadas solo en sus incentivos.

La AEAT cambia el certificado de su sede electrónica

La Agencia Tributaria ha avisado el 22 de octubre de que renovará el certificado de su sede electrónica en la madrugada del 16 de noviembre de 2026. El nuevo certificado lo firma una cadena de certificación distinta.

Para quien presenta sus impuestos desde el navegador no cambia nada. Sí afecta a las empresas que se conectan a la AEAT con aplicaciones propias o integraciones: programas de facturación que envían registros, ERP que presentan modelos o servicios web de suministro de información. Esas aplicaciones deben confiar en la nueva cadena; la AEAT publica en la misma página los certificados raíz e intermedios. Pide a tu proveedor de software que confirme que lo tiene previsto antes del 16 de noviembre.

4. Novedades por comunidad autónoma

Entre octubre y diciembre las comunidades aprueban sus presupuestos y leyes de medidas fiscales para el año siguiente. Esta semana solo recogemos las que tienen documento oficial o aprobación formal. Son proyectos: pueden cambiar en la tramitación parlamentaria.

ComunidadImpuestoQué cambiaDesde cuándo
CanariasIRPF, IGIC, tabacoDeflactación de la tarifa autonómica, IGIC al tipo cero en residencias de estudiantes, subida de tipos del tabaco2027, si se aprueba
Castilla-La ManchaIRPFAmpliación de límites de renta en deducciones autonómicas2027, si se aprueba
ExtremaduraTasas e impuesto sobre aprovechamientos cinegéticosBonificaciones del 100 % en zonas afectadas por incendiosTemporadas y ejercicios 2026-2028

Canarias

El Consejo de Gobierno aprobó el 26 de octubre el proyecto de presupuestos para 2027, de 13.209 millones de euros. En materia fiscal incluye la deflactación de la tarifa autonómica del IRPF según el IPC, sin porcentaje concreto en la nota oficial, la ampliación del tipo cero del IGIC a los servicios de alojamiento y comida de colegios mayores y residencias de estudiantes, y la subida de los tipos del impuesto sobre las labores del tabaco para acercarlos a los de la Península. La bonificación extraordinaria de algunos combustibles se mantiene durante enero de 2027.

Castilla-La Mancha

El Gobierno regional aprobó el 20 de octubre el proyecto de presupuestos para 2027, de 13.587 millones de euros, junto con una ley de medidas tributarias y administrativas. Según su presentación, la ley amplía los límites de renta de una veintena de deducciones autonómicas del IRPF, de modo que más contribuyentes puedan aplicarlas. Habrá que esperar al texto publicado en el Boletín Oficial de las Cortes para conocer los nuevos umbrales.

Extremadura

El BOE del 21 de octubre recoge el Decreto-ley 5/2026, de 1 de septiembre, de ayudas por los incendios forestales del verano. En lo tributario, prevé bonificaciones del 100 % en el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos de la temporada 2027/2028 para la superficie quemada de los cotos, en varias tasas de caza y en las tasas vinculadas a explotaciones ganaderas de los municipios afectados hasta el 31 de diciembre de 2027.

Los territorios forales (País Vasco y Navarra) tienen su propio régimen; esta semana no hemos localizado normas nuevas publicadas en sus boletines.

5. Plazos de las próximas dos semanas

Estos son los vencimientos estatales del calendario del contribuyente de la AEAT hasta el 8 de noviembre. Los trimestrales de los autónomos ya vencieron el 20 de octubre; si necesitas preparar los del cuarto trimestre, tienes nuestra herramienta de impuestos trimestrales para autónomos.

Fecha límiteObligaciónModelo
30 de octubreIVA de septiembre (declarantes mensuales)303, 322, 353, 380
30 de octubreImpuesto sobre el depósito de residuos, tercer trimestre593
31 de octubreIVA ventanilla única, septiembre (importación) y tercer trimestre369
2 de noviembreSolicitud de inclusión en la cuenta corriente tributaria para 2027—
2 de noviembreImpuesto sobre determinados servicios digitales, tercer trimestre490
2 de noviembreDeclaraciones informativas mensuales y trimestrales170, 195, 196, 281, 379
5 de noviembreSegundo plazo de la Renta 2025, si se fraccionó el pago102

6. Qué revisar esta semana: errores frecuentes

Desde el despacho vemos cada año los mismos fallos cuando cambian normas a mitad de ejercicio. Estos son los que conviene evitar ahora.

  • Dar por hecho que la regularización de 2026 ya sigue la nueva regla: el cambio del artículo 309 produce efectos desde el 1 de enero de 2027. Las bajas de 2026 se regularizarán con el sistema actual.
  • No actualizar la base provisional para 2027: con los meses de prestación fijados como definitivos, una base muy baja reduce la prestación sin que haya corrección posterior.
  • Olvidar la nueva baja por trastorno menopáusico en la nómina de diciembre: la empresa paga el salario íntegro del día de la baja y el subsidio empieza al día siguiente, con un tratamiento distinto al de la IT común.
  • No avisar al proveedor del software: si tu programa de facturación o tu ERP se comunica con la AEAT, el cambio de certificado del 16 de noviembre puede cortar envíos.
  • Planificar 2027 con los proyectos autonómicos como si fueran ley: hasta su aprobación y publicación en el boletín pueden cambiar o no aprobarse.

Normativa y fuentes

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo dejan de regularizarse las cuotas de los autónomos de baja?

Desde el 1 de enero de 2027. La disposición final cuarta del RDL 31/2026 fija esa fecha para la modificación del artículo 309 de la Ley General de la Seguridad Social, así que las bajas de 2026 se siguen regularizando con la regla actual.

¿Me devolverán cuotas si en 2027 gano menos de lo previsto y estuve de baja?

No por los meses en que cobraste la prestación. La base de esos meses queda como definitiva en ambos sentidos: ni te reclaman la diferencia si ganas más ni te la devuelven si ganas menos. El resto de meses sí se regulariza.

¿Quién paga el primer día de la nueva baja por trastorno menopáusico?

La empresa abona el salario íntegro del día de la baja. Desde el día siguiente se paga el subsidio, sin periodo mínimo de cotización. Se aplica a los procesos que empiecen a partir del 1 de diciembre de 2026.

¿Ya están aprobadas las rebajas del IRPF de Canarias y Castilla-La Mancha para 2027?

No. Son proyectos de ley aprobados por sus gobiernos que ahora se tramitan en sus parlamentos. Pueden cambiar con enmiendas, y solo serán aplicables cuando se aprueben y se publiquen en el boletín oficial.

¿Tengo que hacer algo por el cambio de certificado de la AEAT?

Si presentas tus declaraciones desde la web de la AEAT, no. Si tu empresa usa un programa propio o un ERP que se conecta directamente con la Agencia, tu proveedor debe instalar la nueva cadena de certificados antes del 16 de noviembre. > Nota de EconoMur: los cambios de cotización y de bajas afectan de forma distinta a cada autónomo y a cada plantilla. Si quieres revisar tu base para 2027 o cómo aplicar las nuevas bajas en tu empresa, cuéntanos tu caso y lo vemos contigo.

Jorge Dávalos Vicente
Autor

Economista colegiado nº 30/2236 (Colegio de Economistas de la Región de Murcia), graduado en Administración y Dirección de Empresas con MBA, colaborador social de la Agencia Tributaria y director de EconoMur, equipo de especialistas en asesoría fiscal, contable y financiera. Publicado en octubre de 2026. Contenido informativo, cada caso requiere un análisis concreto. Si quieres aplicarlo al tuyo, escríbenos a info@economur.com o por WhatsApp al 722 248 378. La primera consulta es gratuita y respondemos en menos de 48 horas laborables.

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