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Construcción y promoción

Asesoría para constructoras
y promotoras

Inversión del sujeto pasivo, tipos de IVA en obra, certificaciones y subcontratas. La fiscalidad de la construcción tiene sus propias reglas, y un error en una sola obra puede costar más que un año de asesoría.

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Por qué es distinto

La construcción tiene
su propia fiscalidad

El IVA en obra, las subcontratas y las certificaciones generan errores frecuentes y caros. Una asesoría generalista suele tratarlos como una empresa más; nosotros los tratamos como lo que son: un sector con reglas propias.

Inversión del sujeto pasivo

En las ejecuciones de obra de urbanización, construcción o rehabilitación contratadas entre empresarios —promotor y contratista, o en la cadena de subcontratación— la factura se emite sin IVA y lo declara el destinatario. Aplicarla mal genera regularizaciones en ambos lados. Compruébalo con nuestro asistente.

Tipos de IVA en obra

21 %, 10 % o 4 % según el destino de la obra y el tipo de vivienda. Las reformas de vivienda para particulares pueden ir al 10 % si se cumplen los requisitos de antigüedad del inmueble y del coste de los materiales.

Certificaciones y anticipos

El devengo del IVA y el reconocimiento de ingresos no siempre coinciden con la certificación. Los anticipos devengan IVA al cobrarse, y las retenciones en garantía exigen un tratamiento contable específico.

Subcontratas y responsabilidad

Si no pides a tus subcontratistas el certificado de estar al corriente con Hacienda, puedes responder de sus deudas tributarias por las obras contratadas. A esto se suman el Registro de Empresas Acreditadas y los límites de subcontratación.

Promoción inmobiliaria

Primera y segunda entrega de edificaciones, renuncia a la exención de IVA, tratamiento de las existencias y planificación del Impuesto sobre Sociedades en promociones que duran varios ejercicios.

Contabilidad por obra

Saber qué obra gana y cuál pierde dinero. Contabilidad analítica por obra o promoción para decidir con datos, no al cierre del año. Para una primera aproximación, prueba nuestra calculadora de rentabilidad de promociones.

Cómo trabajo

Asesoría recurrente
pensada para obra

01

Revisión inicial

Revisamos facturación, IVA y contratos con subcontratas de los últimos ejercicios para detectar riesgos y oportunidades.

02

Protocolo de facturación

Criterios claros para cada tipo de obra: cuándo va con IVA, a qué tipo y cuándo con inversión del sujeto pasivo.

03

Control de subcontratas

Calendario de certificados y documentación para que no heredes deudas ajenas.

04

Cierres con criterio

Contabilidad por obra, impuestos trimestrales y un cierre anual planificado con antelación.

Por qué EconoMur

Un equipo de especialistas,
no un gestor de modelos

Dirección colegiada

El despacho lo dirige Jorge Dávalos, economista colegiado nº 30/2236 en el Colegio de Economistas de la Región de Murcia y colaborador social de la Agencia Tributaria.

Equipo y especialistas

Un interlocutor de referencia para tu empresa y, detrás, especialistas y socios colaboradores para cada materia: fiscal, contable, laboral y jurídica.

Vamos a tu empresa

Reuniones en tu empresa en toda la Región de Murcia. Fuera de la Región también es posible, con un suplemento por desplazamiento, o por videollamada con la misma cercanía.

Honorarios claros

Propuesta cerrada y por escrito antes de empezar. Sin sorpresas a final de trimestre.

¿Tienes dudas con el IVA de tus obras?

Una revisión a tiempo evita regularizaciones con recargo.

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Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta

¿Cuándo se aplica la inversión del sujeto pasivo en una obra?
+

En las ejecuciones de obra de urbanización, construcción o rehabilitación de edificaciones contratadas directamente entre promotor y contratista, y en las subcontrataciones posteriores, cuando el destinatario es empresario o profesional. En una reforma para un particular no se aplica.

¿Qué IVA lleva una reforma de vivienda para un particular?
+

Puede tributar al 10 % si la vivienda tiene más de dos años desde su construcción o última rehabilitación, se destina a uso particular y el coste de los materiales que aporta quien ejecuta la obra no supera el 40 % de la base imponible. Si no se cumplen esos requisitos, se aplica el 21 %.

¿Por qué debo pedir certificados a mis subcontratistas?
+

Porque, si no lo haces, puedes responder subsidiariamente de las deudas tributarias que tus subcontratistas generen por las obras que les encargas. El certificado de estar al corriente te protege frente a esa responsabilidad.

¿Trabajáis con promotoras pequeñas?
+

Sí. El tamaño no cambia las reglas: una promotora con una sola promoción tiene los mismos riesgos de IVA y de calendario que una grande, y precisamente por eso necesita criterio desde el principio.

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Cuéntanos tu empresa y tus obras

Dirige el despacho
Jorge Dávalos
Economista colegiado nº 30/2236 · Colegio de Economistas de la Región de Murcia
Respuesta
Menos de 48 h laborables
Personal, nunca automática