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Herramienta gratuita · 2026

¿Sueldo o dividendos?
El reparto óptimo para tu SL

Dinos cuánto genera tu sociedad para ti al año y te calculamos qué parte cobrar como sueldo y qué parte como dividendo para que te llegue más dinero neto.

Elaborada por el equipo de EconoMur · Dirección: Jorge Dávalos, economista colegiado nº 30/2236 · Datos de 2026 contrastados con el BOE y la Agencia Tributaria

Tu sociedad
El beneficio antes de pagarte: lo que quieres repartir entre sueldo y dividendos.
Para reinvertir o como colchón. Déjalo en 0 si quieres sacarlo todo.
Microempresa: facturación inferior a 1 millón de euros. Pyme: inferior a 10 millones.
Reparto óptimo
Sueldo de administrador—
Dividendos—
Impuesto sobre Sociedades—
IRPF del sueldo—
IRPF de los dividendos—
Te llega neto—
Impuestos totales—
Queda en la sociedad—
Comparado con
Todo como sueldo—
Todo como dividendos—
—

Estimación para un socio único con la escala general del IRPF y el mínimo personal. La cuota de autónomo societario no cambia el reparto óptimo y no se incluye. Tu caso real depende de tu comunidad autónoma, tu situación familiar y otros ingresos.

Tabla oficial de tramos 2026 (Orden PJC/297/2026)
Tabla · tramoRendimiento neto mensualBase mínimaCuota mínima
Reducida · R1≤ 670 €653,59 €205,88 €
Reducida · R2670 – 900 €718,95 €226,47 €
Reducida · R3900 – 1.166,70 €849,67 €267,65 €
General · 11.166,70 – 1.300 €950,98 €299,56 €
General · 21.300 – 1.500 €960,78 €302,65 €
General · 31.500 – 1.700 €960,78 €302,65 €
General · 41.700 – 1.850 €1.143,79 €360,29 €
General · 51.850 – 2.030 €1.209,15 €380,88 €
General · 62.030 – 2.330 €1.274,51 €401,47 €
General · 72.330 – 2.760 €1.356,21 €427,21 €
General · 82.760 – 3.190 €1.437,91 €452,94 €
General · 93.190 – 3.620 €1.519,61 €478,68 €
General · 103.620 – 4.050 €1.601,31 €504,41 €
General · 114.050 – 6.000 €1.732,03 €545,59 €
General · 12> 6.000 €1.928,10 €607,35 €

¿Y si tu sociedad gana más de lo que necesitas?

Lo que no repartes puede crecer con menos impuestos dentro de una estructura con holding.

Cómo se calcula

Por qué casi nunca conviene cobrarlo todo de una forma

Cada euro que te pagas como sueldo reduce el Impuesto sobre Sociedades, pero tributa en tu IRPF con la escala general, que sube del 19 % al 47 %. Cada euro que cobras como dividendo tributa menos en tu IRPF (del 19 % al 30 %), pero antes ha pagado Sociedades. Mientras tu tipo marginal del IRPF sea más bajo que lo que pagaría ese euro como dividendo, conviene el sueldo; a partir de ahí, el dividendo.

El optimizador prueba todas las combinaciones posibles y se queda con la que deja menos impuestos en total. Para aplicarlo bien, la retribución del administrador debe estar prevista en los estatutos, el dividendo solo puede repartirse con las cuentas aprobadas y la reserva legal dotada, y si trabajas en la sociedad tu sueldo debe responder al valor de mercado de tu trabajo.

Si quieres revisar tu caso con tus cifras reales, habla con nuestro equipo. Y si aún eres autónomo, prueba antes nuestro comparador de autónomo o sociedad.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta

¿Qué es mejor, cobrar sueldo o dividendos de mi SL?
+

Depende de cuánto quieras sacar. El sueldo es deducible en el Impuesto sobre Sociedades pero tributa en el IRPF con tipos de hasta el 47 %; el dividendo tributa al 19–30 %, pero sale de un beneficio que ya ha pagado Sociedades. Lo habitual es que lo óptimo sea una combinación: sueldo hasta cierto nivel y el resto en dividendos.

Si mi sociedad genera 50.000 € para mí, ¿cuánto cobro de sueldo y cuánto de dividendos?
+

En una microempresa, si lo sacas todo, el reparto óptimo ronda los 37.200 € de sueldo y unos 10.400 € de dividendos: te llegan unos 37.840 € netos, unos 250 € más que cobrándolo todo como sueldo y unos 5.700 € más que todo en dividendos. Cambia con el beneficio, el tipo de Sociedades y tu situación personal: calcula tu caso con el optimizador.

¿El sueldo del administrador es deducible?
+

Sí, si la retribución del cargo está prevista en los estatutos y se ajusta a lo que aprueba la junta. Si además trabajas en la sociedad, lo que cobres debe corresponder al valor de mercado de tu trabajo, porque es una operación vinculada.

¿Puedo cobrarlo todo en dividendos?
+

Legalmente puedes repartir dividendos sin cobrar sueldo, pero si trabajas para la sociedad y la actividad depende de ti, Hacienda puede cuestionar que no retribuyas tu trabajo a valor de mercado. Además, el dividendo solo puede salir de beneficios con las cuentas aprobadas y la reserva legal dotada.

¿Y lo que queda en la sociedad?
+

Puede quedarse para reinvertir: lo que no repartes solo ha pagado Sociedades, y si incrementa los fondos propios puedes aplicar la reserva de capitalización. Si el patrimonio de la sociedad crece mucho, conviene estudiar una estructura con holding.

¿Qué retención lleva el sueldo del administrador?
+

Lo que cobra por su cargo de administrador lleva una retención del 35 %, o del 19 % si la sociedad factura menos de 100.000 € al año. Si además trabaja en la sociedad con otras funciones, esa parte puede seguir las reglas de cualquier rendimiento del trabajo (Reglamento del IRPF, art. 101.2).

¿Qué retención llevan los dividendos?
+

Un 19 %, que la sociedad ingresa en Hacienda con el modelo 123 y resume cada año en el 193. Esa retención se descuenta después en tu declaración de la Renta (Reglamento del IRPF, art. 101.4).

¿Cuándo puedo repartir dividendos?
+

Cuando la junta ha aprobado las cuentas y el reparto, la reserva legal está dotada y, después de repartir, el patrimonio neto no queda por debajo del capital social. La reserva legal se dota con el 10 % del beneficio hasta llegar al 20 % del capital (Ley de Sociedades de Capital, arts. 273 y 274).