¿Una holding es solo para grandes patrimonios?
No. Una holding tiene sentido para cualquier empresario con una sociedad que da beneficios que no necesita retirar. Permite reinvertir esos beneficios casi sin impuestos y, si algún día vende, que la venta tribute alrededor de un 1,25 % en lugar de entre el 19 % y el 30 %. Además, cuanto antes se crea, más ventajas tiene.
"Eso de las holding es para los millonarios." Es una de las frases que más oímos en el despacho, y casi siempre la dice alguien que tiene justo el perfil al que más le conviene. Un empresario con una sociedad que funciona, que gana más de lo que necesita para vivir y que deja dinero dentro año tras año sin saber muy bien qué hacer con él.
La holding no es un invento para grandes fortunas. Es una sociedad que tiene participaciones de otras, y la ley la trata de una forma que la hace muy útil para cualquier pyme con beneficios. Te explicamos por qué, con números de una empresa normal, de qué depende lo que cuesta y por qué conviene crearla antes de necesitarla.
Qué es una holding, sin tecnicismos
Una holding es una sociedad cuya función principal es ser la dueña de otras. En vez de tener tú directamente las participaciones de tu empresa, las tiene una sociedad que es tuya. Tu empresa sigue funcionando exactamente igual, con sus clientes, su equipo y su actividad, y lo único que cambia es quién figura como socio.
Ese cambio aparentemente pequeño tiene un efecto enorme gracias al artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Los dividendos que tu empresa paga a la holding y las ganancias que la holding obtiene si vende la empresa están exentos en un 95 %, siempre que la holding tenga al menos el 5 % de la sociedad durante un año. Ese 5 % restante tributa en el Impuesto sobre Sociedades, de modo que el coste fiscal ronda el 1,25 %.
La razón de esta exención es evitar que el mismo beneficio pague impuestos dos veces. Tu empresa ya ha pagado el Impuesto sobre Sociedades por sus beneficios, y la ley entiende que no tiene sentido volver a cobrarlo entero cuando ese dinero pasa a otra sociedad del mismo dueño.
El problema que resuelve, el dinero que se queda dentro
Muchas pymes llegan a un punto en el que generan más beneficio del que el dueño necesita. Ese dinero se queda en la sociedad acumulado en la cuenta, o el dueño lo saca como dividendo para invertirlo a su nombre en un piso, un local, una cartera de inversión o un nuevo negocio.
Sacarlo como dividendo tiene un coste alto. Ese dinero ya pagó el Impuesto sobre Sociedades y, al llegar a tu bolsillo, vuelve a tributar en tu IRPF, en la base del ahorro, entre el 19 % y el 30 %. Y dejarlo parado en la cuenta de la sociedad tampoco es la solución, porque puede acabar complicando otras cosas, como la consideración de la sociedad como patrimonial.
La holding resuelve justo eso. El dinero sube de tu empresa a la holding casi sin impuestos y, desde la holding, puedes invertirlo sin haber pasado por tu IRPF.
Un ejemplo con números de una pyme normal
Pongamos una SL de servicios que, después de pagar su Impuesto sobre Sociedades, deja cada año 40.000 € que el dueño no necesita para vivir. Quiere ir invirtiéndolos, por ejemplo, para comprar un local dentro de unos años.
| Cada año | Sin holding | Con holding |
|---|---|---|
| Beneficio que se reparte | 40.000 € | 40.000 € |
| Impuesto al repartirlo | 8.280 € en tu IRPF | 500 € en la holding |
| Disponible para invertir | 31.720 € | 39.500 € |
| En cinco años | 158.600 € | 197.500 € |
Sin holding, el dividendo tributa en el IRPF del socio (un 19 % sobre los primeros 6.000 € y un 21 % sobre el resto). Con holding, el 95 % está exento y solo tributa el 5 % restante al 25 %. En cinco años, el dueño tiene casi 39.000 € más para invertir, sin ser millonario y sin hacer nada raro.
Y la ventaja sigue creciendo, porque lo que se invierte desde la holding genera a su vez rendimientos que se pueden reinvertir dentro de la estructura.
La gran diferencia aparece al vender
Si algún día vendes tu empresa, o una parte, la diferencia es todavía mayor. Imagina que vendes por 400.000 € unas participaciones que te costaron 3.000 €.
- Vendiéndolas tú, como persona física, la ganancia de 397.000 € tributa en la base del ahorro del IRPF, entre el 19 % y el 30 %. Pagarías unos 100.980 €.
- Vendiéndolas tu holding, si las tiene desde hace más de un año y la empresa vendida no es patrimonial, el 95 % de la ganancia está exento. Pagarías unos 4.963 €.
Son más de 96.000 € de diferencia en una operación normal de una pyme. Puedes hacer el cálculo con tus cifras en nuestra calculadora del valor de una sociedad, que compara las dos formas de vender. Lo explicamos con detalle, requisitos incluidos, en cómo tributa la venta de una sociedad.
Ese dinero queda en la holding para reinvertirlo. Si en algún momento lo pasas a tu bolsillo como dividendo, entonces tributará en tu IRPF, pero tú decides cuándo y cuánto, y mientras tanto ha estado trabajando para ti.
Por qué cuanto antes, mejor
Esta es la parte que casi nadie sabe, y la que más cuesta explicar cuando un cliente llega con la venta ya encima de la mesa.
- La exención exige un año. La holding tiene que tener la participación al menos un año antes de vender o de cobrar el dividendo con ventaja. Si la creas cuando ya tienes un comprador, llegas tarde.
- Hacienda vigila las holdings de última hora. Si se crea solo para ahorrar en una venta inminente, Hacienda puede negar la ventaja por falta de un motivo económico válido. Una holding creada años antes, con una función real de gestión e inversión, no tiene ese problema.
- Cuanto antes empieza a acumular, más acumula. Cada año que tu empresa reparte dividendos a tu nombre en vez de a una holding es un año de impuestos que ya no se recuperan.
En nuestra experiencia, el mejor momento para crear una holding es cuando la empresa empieza a dar beneficios que no necesitas retirar. Ni antes, porque no tendría contenido, ni cuando ya hay una venta a la vista.
Cómo se crea una holding
Hay dos caminos principales, y elegir bien es parte del trabajo de planificación.
- Crearla de cero. Se constituye una sociedad nueva que será la holding y que participa en tus futuros negocios o invierte los beneficios a partir de ese momento.
- Aportar a la holding las participaciones que ya tienes. Es lo más habitual cuando ya tienes una empresa en marcha. Se hace mediante un canje de valores, y con el régimen especial de reestructuraciones (el llamado régimen FEAC, artículos 76 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades) la operación puede hacerse sin pagar impuestos en ese momento. Exige que la holding obtenga la mayoría de los derechos de voto de la sociedad, que haya un motivo económico válido y comunicarlo a Hacienda.
La elección depende de cuántos socios hay, de si la empresa tiene muchas reservas acumuladas, de los planes de venta o de sucesión y de si hay inmuebles dentro. No hay una receta única, y por eso conviene estudiarlo antes.
Cuánto cuesta de verdad
Es la otra gran razón por la que la gente cree que la holding es para millonarios, porque piensa que cuesta una fortuna crearla y mantenerla. No es así, aunque el coste depende de cada caso.
Depende sobre todo de cuatro cosas.
- De cómo se crea. No cuesta lo mismo constituir una holding de cero que aportar participaciones con el régimen FEAC, que requiere más análisis y documentación.
- De la situación de tu empresa. Los beneficios, las reservas acumuladas y si hay inmuebles influyen en cómo conviene hacer la operación.
- Del número de socios. Con varios socios, cada uno puede tener su propia holding, y eso hay que coordinarlo.
- Del mantenimiento. Una holding que solo tiene participaciones y algunas inversiones tiene pocas operaciones, así que su contabilidad y sus impuestos anuales son sencillos.
Lo importante es comparar el coste con el ahorro. En el ejemplo de arriba, solo el primer año de dividendos ya supera con creces lo que suele costar mantener una holding sencilla.
Cuándo no tiene sentido
Para ser honestos, la holding no es para todo el mundo.
- Si necesitas retirar todo lo que gana tu empresa para vivir, el dinero acabará en tu IRPF igualmente y la holding apenas aporta.
- Si tu empresa da beneficios pequeños, el ahorro puede no compensar los costes de una sociedad más.
- Si la sociedad que tienes es patrimonial, es decir, se dedica sobre todo a tener bienes sin una actividad económica real, la exención en la venta se limita, y hay que estudiar el caso con más cuidado.
Errores frecuentes que vemos en el despacho
- Crearla con la venta ya firmada. Es el error más caro, porque no da tiempo a cumplir el año y además llama la atención de Hacienda.
- Usar la holding para gastos personales. La holding no es una cuenta corriente del dueño. Si paga gastos que no son suyos, se pierde credibilidad ante Hacienda y aparecen problemas fiscales.
- Hacer el canje sin comunicar el régimen FEAC. La comunicación a Hacienda es un requisito, y olvidarla complica la operación.
- No revisar si la empresa es patrimonial. Una sociedad con mucha tesorería o inmuebles sin actividad puede perder parte de la ventaja en una venta futura.
Nota de EconoMur: no recomendamos una holding por moda, sino cuando los números lo justifican. Lo que sí recomendamos es estudiarlo pronto, cuando todavía no hay prisa, porque es entonces cuando se puede hacer bien. Si tu empresa ya da beneficios que no necesitas retirar, cuéntanos tu caso y te diremos con números si te compensa. También puedes ver cómo funciona un holding o comparar sueldo o dividendos.
Normativa y fuentes
- Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, con la exención de dividendos y plusvalías (artículo 21) y el régimen especial de reestructuraciones (artículos 76 a 89).
- Ley 35/2006, del IRPF, con la tributación de dividendos y ganancias en la base del ahorro.
- Real Decreto Legislativo 1/2010, Ley de Sociedades de Capital.
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué beneficio compensa una holding?
No hay una cifra única, pero suele empezar a tener sentido cuando tu empresa deja cada año beneficios que no necesitas retirar y quieres invertirlos, o cuando prevés vender la empresa en el futuro. Lo importante es comparar el ahorro anual con el coste de mantener la holding.
¿Tengo que cambiar algo en mi empresa para crear una holding?
No. Tu empresa sigue funcionando igual, con sus clientes, sus contratos y su equipo. Lo único que cambia es que el socio pasa a ser tu holding en lugar de ti directamente.
¿Puedo crear la holding justo antes de vender mi empresa?
No es recomendable. La exención exige que la holding tenga la participación al menos un año, y Hacienda puede negar la ventaja si la holding se crea solo para ahorrar en una venta inminente. Por eso conviene crearla con tiempo.
¿Pago impuestos al pasar mis participaciones a la holding?
Si la operación se hace como canje de valores con el régimen especial de reestructuraciones, no pagas impuestos en ese momento. Exige que la holding obtenga la mayoría de los derechos de voto, un motivo económico válido y comunicarlo a Hacienda.
¿Cómo saco después el dinero de la holding?
Como cualquier sociedad, la holding puede repartirte dividendos, que tributarán en tu IRPF cuando los recibas. La diferencia es que eliges cuándo y cuánto, y mientras tanto el dinero puede reinvertirse dentro de la estructura.