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Vivienda · Octubre 2026

Decretos de vivienda derogados: qué pasa ahora con tus impuestos si alquilas

Respuesta rápida

¿Qué pasa con los impuestos del alquiler tras la derogación de los decretos de vivienda?

Todo vuelve a la situación anterior al 29 de septiembre de 2026: los caseros mantienen la reducción del 50 % al 90 % del rendimiento del alquiler de vivienda de la Ley de 2023, y los inquilinos solo tienen deducción estatal si alquilaban antes de 2015, además de las deducciones autonómicas que correspondan.

El 2 de octubre de 2026 el Congreso rechazó los dos reales decretos-ley de vivienda que el Gobierno había aprobado el 29 de septiembre, conocidos como «decretos Maricarmen». El primero cayó por 172 votos a favor y 178 en contra; el segundo, con 184 votos en contra. Con la publicación de la derogación en el BOE, las medidas dejan de estar en vigor tras poco más de un día de aplicación.

Qué incluían los decretos

Además de la prórroga extraordinaria de los alquileres y la protección frente a determinados desahucios, los decretos incorporaban incentivos fiscales para caseros e inquilinos, entre ellos una deducción estatal en el IRPF por alquiler de vivienda habitual y una reducción de hasta el 100 % del rendimiento para los propietarios que firmaran contratos nuevos rebajando la renta, así como cambios en el IVA de determinados alquileres y de la vivienda protegida. Al no convalidarse, ninguna de esas medidas se consolida.

Qué se aplica ahora si eres casero

La fiscalidad del alquiler vuelve a ser exactamente la que había antes del 29 de septiembre. Para el alquiler de vivienda habitual sigue vigente la reducción sobre el rendimiento neto de la Ley de Vivienda de 2023:

  • 50 % con carácter general para contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023.
  • 60 % si has hecho obras de rehabilitación en los dos años anteriores, y también para los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023.
  • 70 % en determinados alquileres a jóvenes de 18 a 35 años o a entidades públicas o sociales en zonas tensionadas.
  • 90 % si, en zona tensionada, firmas un contrato nuevo rebajando la renta más de un 5 % respecto al anterior.

Qué se aplica ahora si eres inquilino

No existe una deducción estatal general por alquiler de vivienda habitual para contratos nuevos: solo la mantienen, en régimen transitorio, quienes alquilaban antes de 2015 y cumplen los requisitos. Lo que sí puede haber son deducciones autonómicas, que dependen de tu comunidad, tu edad y tus ingresos, y que conviene revisar en la próxima declaración de la Renta.

¿Y lo que se hizo durante la breve vigencia?

Los decretos estuvieron en vigor algo más de 24 horas. Si firmaste un contrato o tomaste una decisión basada en ellos en ese intervalo, es un supuesto excepcional que conviene revisar con un asesor, porque los efectos jurídicos de una norma derogada sobre lo hecho durante su vigencia no siempre son evidentes.

Qué puede venir ahora

Tras la votación se ha abierto una negociación para presentar nuevas medidas y el escenario político es incierto. Para caseros y propietarios con varios inmuebles, la recomendación es no tomar decisiones de estructura —crear una sociedad, vender o cambiar contratos— por anuncios que todavía no son ley, y revisar la situación cuando haya un texto definitivo. Si te planteas ordenar tu patrimonio, puede ayudarte nuestro artículo sobre pisos en alquiler a tu nombre o en una sociedad.

Nota de EconoMur: seguiremos actualizando este artículo si se aprueban nuevas medidas. Lo publicado aquí refleja la situación a 3 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Siguen vigentes los decretos de vivienda de septiembre de 2026?

No. El Congreso rechazó su convalidación el 2 de octubre de 2026 y el BOE publicó su derogación. Las medidas estuvieron en vigor algo más de un día.

¿Qué reducción tengo como casero por alquilar una vivienda en 2026?

La de la Ley de Vivienda de 2023: un 50 % del rendimiento neto con carácter general, que puede subir al 60 %, 70 % o 90 % según el contrato. Los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023 mantienen el 60 %.

¿Puedo deducirme el alquiler como inquilino en la Renta?

La deducción estatal solo se mantiene para quienes alquilaban antes de 2015 y cumplen los requisitos del régimen transitorio. Para el resto, puede haber deducciones autonómicas según la comunidad.

¿Debo cambiar mis contratos de alquiler por los decretos?

No. Al haber sido derogados, siguen aplicándose las reglas anteriores. Conviene esperar a que haya un texto definitivo antes de tomar decisiones.

Jorge Dávalos Vicente
Autor

Economista colegiado nº 30/2236 (Colegio de Economistas de la Región de Murcia), graduado en Administración y Dirección de Empresas con MBA, colaborador social de la Agencia Tributaria y director de EconoMur, equipo de especialistas en asesoría fiscal, contable y financiera. Publicado en octubre de 2026. Contenido informativo, cada caso requiere un análisis concreto. Si quieres aplicarlo al tuyo, escríbenos a info@economur.com o por WhatsApp al 722 248 378. La primera consulta es gratuita y respondemos en menos de 48 horas laborables.

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