Cómo funciona el Impuesto sobre Sociedades en 2026
El Impuesto sobre Sociedades grava el beneficio de las mercantiles españolas. Para los ejercicios iniciados en 2026, la Ley 7/2024 mantiene el tipo general en el 25% pero rebaja la tributación de las empresas más pequeñas a través de la disposición transitoria 44ª de la LIS: las empresas de reducida dimensión (cifra de negocio inferior a 10 millones de euros) tributan al 23%, las microempresas (menos de 1 millón) aplican una escala del 19% hasta 50.000 € de base y del 21% por el exceso, y las entidades de nueva creación tributan al 15% durante sus dos primeros ejercicios con base positiva. Esta senda de rebajas continuará hasta 2029, cuando las pymes alcanzarán el 20%.
Pero el tipo nominal es solo el punto de partida. La propia Ley del Impuesto sobre Sociedades ofrece tres palancas legales que reducen la base imponible antes de aplicar el tipo, y que esta calculadora simula en el mismo orden en que se aplican en el modelo 200.
Reserva de capitalización (Art. 25 LIS): premiar la reinversión
Si la sociedad no reparte sus beneficios y los mantiene como fondos propios durante 3 años, puede reducir su base imponible en el 20% del incremento de fondos propios — porcentaje que sube al 23%, 26,5% o incluso el 30% si además incrementa su plantilla media. Es la palanca más potente para empresas rentables que reinvierten.
Compensación de bases imponibles negativas (Art. 26 LIS): aprovechar las pérdidas pasadas
Las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores no caducan y pueden compensar beneficios futuros, con un límite anual del 70% de la base imponible (y un mínimo de 1 millón de euros siempre compensable). Conviene llevar el control por año de origen: las más antiguas se aplican primero y, transcurridos 10 años, exigen conservar la autoliquidación y la contabilidad depositada en el Registro Mercantil para poder acreditarlas ante Hacienda.
Reserva de nivelación (Art. 105 LIS): anticipar las pérdidas futuras
Exclusiva de las empresas de reducida dimensión, permite minorar hasta el 10% de la base imponible (máximo 1 millón de euros) a cuenta de posibles pérdidas de los 5 años siguientes. Si no llegan, el importe se reintegra en el quinto ejercicio: es un diferimiento que mejora la tesorería hoy.
El efecto combinado es notable: una pyme con 150.000 € de beneficio puede pasar de pagar un 23% nominal a un tipo efectivo cercano al 19% aplicando correctamente estas figuras. Cada caso exige revisar los requisitos formales — dotación de reservas indisponibles, mantenimiento de fondos propios y plantilla, acreditación de las bases negativas — y por eso el resultado de esta herramienta es una estimación orientativa, no un asesoramiento. Si quieres un análisis riguroso de tu sociedad, el equipo de EconoMur lo revisa contigo.